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2 de septiembre de 2022
Corte Constitucional colombiana se pronuncia sobre la libertad de expresión artística de niñas y niños
En la sentencia T-227 de 2022, la Corte Constitucional colombiana señaló el carácter fundamental del derecho a la libertad de expresión artística de niñas, niños y adolescentes, el cual se considera parte esencial del libre desarrollo de la personalidad. Además, señaló que se trata de un derecho «potencializador de la dignidad humana, del conocimiento y del desarrollo cultural y científico».
En este caso, a un niño de 15 años la Administración y el Consejo de Administración de la propiedad horizontal en la que residía le prohibió continuar con sus clases de batería, en consideración a las supuestas quejas múltiples por el ruido que producía. En el momento en que el joven comenzó a recibir clases virtuales había llegado a un acuerdo de practicar durante una hora. Sin embargo, con posterioridad, le informaron que debía cancelar las clases, so pena de multa.
La Corte Constitucional determinó que no es posible «impedir de manera absoluta el ejercicio de los derechos a la educación, la libre expresión artística, el libre desarrollo de la personalidad, la intimidad personal y familiar» de un niño con fundamento exclusivo en un riesgo presunto por el ruido que produce un instrumento musical.
La Corte consideró que también hubo violación del debido proceso del niño y ordenó a la unidad residencial permitirle practicar durante una hora y a la madre «adoptar todas las medidas necesarias para insonorizar la habitación o el espacio donde se desarrolle esta práctica».
El comunicado de prensa de la corte se puede leer en: https://www.corteconstitucional.gov.co/noticia.php?Corte-advirtió-que-el-derecho-a-la-libre-expresión-art%C3%ADstica-de-los-niños,-niñas-y-adolescentes-es-fundamental-para-el-desarrollo-de-su-personalidad-9320
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